¡¡¡B!eNvEn!d@S a M! kR!z-iZ!!!

Saludos desde mi cabeza!!!

Heme aquí, tratando de crear un blog para cubrir los requisitos de una materia y la verdad es que no sé qué poner.

Sólo les puedo decir a los que por alguna extraña razón lleguen desde su navegador de internet por aquí, que: se aceptan sugerencias!!!

Por el momento, siéntanse bienvenidos a mi caos mental, mi demencia senil y constantes kriz-iz existenciales, jeje.

lunes, 4 de mayo de 2009

Mil 206 centros de trabajo incumplen acuerdo de suspención de labores


Fuente: Noticias MVS
Autor: Carlos Isaac Reyes
Lunes 04 de mayo, 2009

En el período que comprende del viernes 1 al domingo 3 de mayo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), informó que ha realizado inspecciones en 2,507 centros de trabajo en todo el territorio nacional, ubicando 1,301 centros que cumplieron con el acuerdo referido (51.8%) y 1,206 que, debiendo haber cerrado, no lo hicieron (48.2%).

De éstos, en 322 casos (26.6%), ante la presencia de los inspectores, las empresas o establecimientos procedieron a cerrar y respetar la medida sanitaria.

Estas acciones se han realizado para verificar el cumplimiento del acuerdo mediante el cual se ordena la suspensión de labores en la administración pública federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1º al 5 de mayo del presente año, emitido por el secretario de salud el pasado jueves 30 de abril.

La presencia de inspectores de la STyPS provocó que el primer día se suspendieran actividades en 58 centros de trabajo, el sábado 2, lo hicieron 153 y el domingo 111.

Existen dos tipos de sanciones aplicables a los establecimientos que incumplan el acuerdo secretarial. Por una parte, la ley federal del trabajo establece que la sanción máxima por incumplimiento a las medidas dictadas por la secretaría de salud es de hasta 315 veces el salario mínimo cuyo equivalente en pesos es de $17,262.00.

Por su parte, las autoridades sanitarias pueden imponer sanciones por violar el acuerdo secretarial de hasta seis mil veces el salario mínimo general vigente, cuyo monto equivale a $328,800.00 pesos, la secretaría del trabajo y previsión social (STyPS) reitera que las disposiciones contenidas en el acuerdo secretarial son obligatorias para las dependencias y entidades del gobierno federal y para el sector privado en todo el país, salvo en tratándose de aquellas labores que resulten indispensables para hacer frente, de manera oportuna y eficaz, a la situación de emergencia sanitaria que vive el país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Datos personales